STE CROIX, ¿Por que fueron perseguidos los primeros cristianos?

 "Es conveniente dividir la persecución en tres fases diferentes. La primera finaliza justo antes del gran incendio en Roma en el 64; la segunda empieza con la persecución que siguió al fuego y continuó hasta el 250; y la tercera se abre con la persecución bajo Decio en el 250-251 y dura hasta el 313, o bien hasta la derrota de Licinio por Constantino en el 324. No tenemos noticia de ninguna persecución antes del 64 y no hubo persecución general hasta Decio. [...]

   Ahora quisiera empezar a examinar la actitud del gobierno hacia la persecución de los cristianos. Propongo en primer lugar considerar principalmente los problemas legales, pues aunque llevan consigo algunas cuestiones altamente técnicas de derecho público romano, los más importantes, creo, pueden ser totalmente resueltos y entonces estaremos en una posición mucho mejor para comprender las razones que empujaron al gobierno a la persecución [...]

   En primer lugar, ¿cuál era la naturaleza del cargo o los cargos oficiales? En segundo lugar, ¿ante quién y de acuerdo con qué forma de proceso legal, si hubo alguna, eran juzgados los cristianos? y tercero, ¿cuál era el fundamento legal de las acusaciones? [...] En primer lugar, la naturaleza de las acusaciones contra los cristianos. Desde por lo menos el año 112 en adelante (quizá a partir del 64) la acusación normal contra los cristianos era simplemente <<ser cristiano>>, es decir, eran castigados <<por el nombre>>, el nomen christianum. [...] Plinio habla de los cristianos que él había ejecutado como de <<aquellos que me fueron acusaods del cargo de ser cristianos>> y dice que la única pregunta que se les formulaba era la de si admitían la acusación [...] Trajano rehusó explícitamente dictar unas normas claras generales o definitivas y fue muy minucioso en sus respuestas a las cartas de Plinio. En dos pasajes que le honran da instrucciones a Plinio en el sentido de que los cristianos no deberían ser buscados y que las denuncias anónimas debían ser ignoradas. [...] Los cristianos que eran acusaos como tales cristianos, en la forma debida (por un perseguidor privado, delator) y que fueran convictos, debían ser castigados, pero cualquiera que negara qu eera cristiano y lo probara <<ofreciendo plegarias a nuestros dioses>>, debería recibir <<perdón por su arrrepentimiento>> y ser liberado. [...]

   Ahora vuelvo a la naturaleza del proeso judicial contra los cristianos. (Al considerar lo cual, de cuando en cuando me saldré de la esfera estrictamente legal y observaré algunas de las razones por las que las persecuciones tuvieron lugar). El procedimiento fue en cada caso el mismo que se empleó para la amplia mayoría de juicios criminales durante el Principado: cognitio extra ordinem (o extraordinaria). Los juicios de importancia bajo este proceso en las provincias tuvieron lugar ante el gobernador provincial y nadie más. En Roma, los únicos juicios de cristianos acerca de los cuales tenemos buenas pruebas se celebraron ante el Prefecto de la Ciudad (Praefectus Urbi) o del Pretorio (Praefectus Praetorio), ninguno de los casos conocidos fue lo bastante importante para celebrarse ante el propio emperador, o en el senado. [...]

   En esta época la ley romana era seguramente el logro intelectual más impresionante de la civilizacio´n romana. Pero lo que quieren decir los estudiosos del derecho romano cuando hablan de ley romana es esencialmente el derecho privado [...] Amplias zonas del derecho público romano y sus leyes criminales, sin embargo, eran chocantemente insatisfactorias y una de las peores de esta lagunas era precisamente la cognitio extra ordinem [...] en el que las reglas estrictas eran sustituidas por la intervención directa del gobierno. [...] El magistrado tenía amplias prerrogativas, incuso más que en los juicios criminales y audiencias civiles, exactamente por la relativa inconsistencia y la vaguedad de la ley penal criminal. Esta prerrogativa se extendía no sólo a la aplicación de penas, sino hasta decidir qué caso tenía que reconocer el magistrado como criminal y de cuáles podía rehusar la vista. [...] Mommsen conocía bien el carácter arbitrario e irresponsable del sistema de la cognitio [...], que su verdadera esencia es una <<ausencia generalizada de una forma legal establecida>>. <<Para la ley criminal romana>>, dice Schulz, la <<regla nullum crimen sin lege, nulla poena sine lege" era totalmente desconocida yasí siguió siempre".

   La mayoría de los gobernadores sin duda estaban deseosos de emprender una acción contra aquella gente que tenía a mayor desaprobación por parte de los <<hombres bien pensantes>> y que tendían a hacerse el centro de los desórdenes. Todo el mundo recordará cómo Pilatos cedió a las vociferentes peticiones de los notables locale y sus seguidores para que crucificara a Jesús. [...] La indignacion general contra los crisitano se podía muy fácilmente convertir en desórdenes y linchamientos. [...]Bajo el proceso de cognitio no era necesaria otra base legal sino que hubiera un acusador, una acusación de cristianismo y un gobernador que quisiera imponer una sanción a tal acusación. [...]

    A la vista de la carta de Plinio, la <<obstinación>> de los cristianos (contumacia) consistía solamente en su triple confesión de cristiandad, frente al apercibimiento de que serian castigados por ello, advertencia que se les hacía después de su primera confesión. [...]

   Pero el propósito esencial era hacer apóstatas, no mártires. Se podía decir, sin exageraciion que un gobernad or que quisiera de verdad ejecutar cristianos tenía que guardarse de torturarlos, pues podían apostatar y quedar libres. [...] La explicación es que el único delito sancionable era ser cristiano, justo en el momento en que la sentencia era pronunciada y no haberlo sido. [...]

   No necesito emplear mucho tiempo en a cuestión de las supuestas abominaciones (flagitia) con que se acusaba a los cristianos, lo que naturalmente significaba canibalismo e incesto. Es duro decir cuán seriamente se tomaba el gobierno ests acusaciones [...] que el populacho se creía tanto en la parte oriental como en la occidental del Imperio. Después de la mitad del siglo III, parece que eso terminó". [...] Como dijo Macaulay, <<Nunca hubo persecución religiosa en que no hubiera algún odioso crimen que se pudiera deducir, justa o injustamente, de la doctrina de los perseguidos>>".

STE CROIX, G. E. M. de, ¿Por que fueron perseguidos los primeros cristianos?, en M. I. Finley, Estudios sobre historia antigua, Madrid, Akal, 1981, pp. 233-273. 

                                                Ignacio de Antioquía devorado por leones
 

 

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